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Chihuahua

Congreso adecua Ley en apoyo a niñas, niños y adolescentes que piensan y aprenden de manera diferente

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Por: La Redacción.

Chihuahua, Chih., a 17 de abril del 2024.- En Sesión Ordinaria del Congreso de Chihuahua, fue reformado el artículo 65 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, a fin de establecer medidas para detectar y atender las necesidades de dicho sector social con trastornos de aprendizaje.

Dentro del dictamen presentado al Pleno por la Comisión de Juventud y Niñez, se señala que la necesidad de detectar de manera temprana y precisa la problemática planteada, a fin de brindar la atención adecuada y oportuna para los trastornos específicos del aprendizaje

Por ello la importancia de establecer protocolos en las instituciones educativas para identificar señales de dificultades en el aprendizaje desde edades tempranas. Ello, a través de la implementación de evaluaciones especializadas y multidisciplinarias que consideren aspectos cognitivos, emocionales y conductuales, con lo que se tendrá una comprensión completa de las necesidades de cada niño o adolescente.

Los trastornos, que pueden manifestarse en dificultades para leer, escribir, calcular o comprender información, no son indicativos de una falta de capacidad intelectual, sino de una forma particular en que sus cerebros procesan la información. Solo un pequeño número de niños que piensan y aprenden de manera diferente reciben o instrucción especializada.

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Dado a todo lo anterior es que las autoridades estatales y municipales deberán establecer medidas para detectar y atender las necesidades de niñas, niños y adolescentes con trastornos específicos del aprendizaje, de tal manera que se posibilite su desarrollo progresivo e integral, y conforme a sus capacidades y habilidades personales.

Para ello, deberá dotarse a las y los docentes de la capacitación constante y necesaria, así como promover becas educativas o de apoyo a educandos con discapacidades y sus familias que deriven en dificultades de aprendizaje, y considerar alternativas accesibles para el apoyo didáctico de acompañamiento o “maestros sombras” cuando así se requiera.

 

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